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3 mayo, 2024
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SCJN: menores podrán pedir cambio de acta de nacimiento acorde a su identidad de género

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional que se exija la mayoría de edad para que un niño o niña trans solicite modificar su acta de nacimiento por reasignación sexogenérica.

Será la próxima sesión cuando los ministros definan cómo se aplicará el trámite administrativo.

La Suprema Corte invalidó la fracción segunda del artículo 875 del Código Civil de Puebla, donde se establecía hasta hoy que las personas debían tener 18 años para modificar y reconocer su identidad de género.

‘’Lo correcto es reconocer el derecho a los menores a la diversa identidad de género, entendido conforme a las medidas de protección especial que los estados dispongan a nivel interno, mismas que deberán respetar los principios: interés superior de la niñez, autonomía progresiva, a que tome en cuenta su opinión en todo procedimiento que lo afecte y no discriminación’’, argumentó la ministra Loretta Ortiz Ahlf.

Explicó también que el requisito de la mayoría de edad para tomar decisiones en materia de identidad vulnera el derecho de niñas, niños y adolescentes al libre desarrollo de la personalidad.

Este nuevo lineamiento de la Suprema Corte aplica para todos lo jueces del país cuando niñas, niños y adolescentes soliciten el cambio de género en su acta de nacimiento.

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