La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválida la creación en México de un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil con datos biométricos.
Una ley aprobada en 2021 estableció que los usuarios iban a tener que entregar sus datos personales a las compañías de telefonía móvil y que el regulador del sector, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), debía solicitar a esas empresas la cancelación de las líneas que no fueran identificadas o registradas.
La creación del Panaut se suspendió tras enfrentarse a la oposición de IFT y el organismo nacional de transparencia y protección de datos personales, el INAI.
El gobierno federal argumentaba que el padrón era necesario para reducir los delitos de extorsión y secuestro.